Términos generales y condiciones
I. DISPOSICIONES
GENERALES
1.1 Los
presentes Términos y condiciones generales son publicadas por la
sociedad EuroCoc, spol. s r.o., con sede en Aupark Tower,
Einsteinova 24, 851 01 Bratislava, República Eslovaca, número
de identificación: 36 804 339, número de identificación del IVA:
SK2022416968, sociedad inscrita en el Registro Comercial del
Juzgado de Primera Instancia en Bratislava I. Bratislava I,
apartado: Sro, No. de tapa: 46925/B.
<<< Al principio
1.2
Estos Términos y condiciones generales (en lo sucesivo
"los Términos generales") se refieren a las
relaciones entre la sociedad EuroCoc, spol. s r.o., y el cliente de
la sociedad, emergentes del Contrato sobre la Intermediación del
Certificado de Conformidad, a base de la cual la sociedad EuroCoc,
spol. s r.o., en su calidad de Entidad Adjudicadora (en lo sucesivo
"la Entidad Adjudicadora") se compromete a
adquirir y entregar a su cliente (en lo sucesivo “el
Comitente”) el Certificado de Conformidad, y el Comitente
se compromete a pagar a la Entidad Adjudicadora la remuneración
acordada (en lo sucesivo "el Contrato sobre la
Intermediación del Certificado de
Conformidad").
1.3 El
objeto del Contrato sobre la Intermediación del Certificado de
Conformidad es la intermediación de un Certificado de Conformidad
(COC) para un vehículo importado de acuerdo con el Artículo No. 16
de la Ley No. 725/2004 sobre los términos y las condiciones para el
uso de vehículos en el tráfico en la vía pública y los cambios y
modificaciones de estas Leyes según hayan sido modificadas. El
Certificado de Conformidad (COC) es un documento emitido por el
fabricante que confirma que el tipo de vehículo fabricado cumple
con todas las exigencias técnicas prescriptas para la aprobación de
tipo de la CE (en lo sucesivo "el Certificado de
Conformidad").
1.4 En
el caso de que entre el Comitente y la Entidad Adjudicadora no se
haya celebrado un Contrato particular sobre la intermediación del
Certificado de Conformidad de forma escrita, se entenderá que
el Contrato sobre la Intermediación del Certificado de Conformidad
está celebrado por medio del sistema de comercio electrónico que la
Entidad Adjudicadora mantiene en www.eurococ.eu (en lo sucesivo
"la página web"), especificado más detalladamente
en el Artículo II de estos Términos y
Condiciones.
1.5
Las presentes Condiciones Comerciales definen detalladamente y
especifican los derechos y los deberes del Comitente y la Entidad
Adjudicadora emergentes del Contrato sobre la Intermediación del
Certificado de Conformidad, y en su versión actual son parte
indivisible del Contrato sobre la Intermediación del Certificado de
Conformidad y son obligatorias para las dos partes
contratantes.
1.6
Por el Comitente se entenderá una persona física o jurídica que
después de su propia autorización envió un pedido electrónico
procesado por el sistema de la página web para que se le entregue
el Certificado de Conformidad. Por el Comitente se
entenderá:
1.6.1
un cliente registrado – un cliente que se registró en
la página web (www.eurococ.eu) de la Entidad
Adjudicadora, y al que fue creada y asignada una cuenta personal a
partir de dicho registro,
1.6.2
un cliente no registrado – cada cliente que no es un
cliente registrado,
1.6.3
un cliente firme – un cliente al cual fueron
entregados como mínimo 10 Certificados de Conformidad a base de los
pedidos de adquisición del Certificado de Conformidad al que la
Entidad Adjudicadora ha otorgado la condición de Cliente
firme.
<<< Al principio
2.1 Por
pedido electrónico se entenderá un formulario electrónico enviado
que contenga información sobre el Comitente y una especificación
del vehículo para el cual debe ser adquirido el Certificado de
Conformidad, procesado por el sistema de la página web, o un correo
electrónico enviado a la dirección de la Entidad Adjudicadora (en
lo sucesivo "el pedido electrónico"). La aprobación del pedido
electrónico en su último paso se considera una propuesta vinculante
del Comitente de celebrar un Contrato con sobre el suministro de un
Certificado de Conformidad.
<<< Al principio
2.2 El
Comitente confirma con el envío del pedido electrónico que está
totalmente de acuerdo con, y acepta, la forma electrónica de
comunicación, en especial por medio del correo electrónico y la red
de internet, y la considera válida y obligatoria para las dos
partes contratantes.
2.3
Cada pedido electrónico debe contener:
a)
nombre y apellido, o nombre comercial del
Comitente, dirección de correo electrónico, dirección de domicilio
permanente, eventualmente la dirección de correspondencia si ésta
no coincide con la dirección del domicilio permanente o de la sede,
número de teléfono, datos de facturación y número de identificación
del IVA en el caso de una persona jurídica – contribuyente del
IVA,
b)
tipo de vehículo, marca, país de la
primera matriculación, Número de Identificación del Vehículo (en lo
sucesivo el “número VIN del vehículo”) y año de la
primera matriculación,
c)
el pedido electrónico debe contener
también otros datos, si esto se menciona con respecto a una marca
específica (número de aprobación tipológica, color del vehículo),
eventualmente los documentos referentes al objeto del pedido (una
copia del permiso de circulación, una copia del contrato de
compra-venta, una copia de la tarjeta de identidad del Comitente,
una foto del rótulo de homologación).
2.4 Un
pedido electrónico que no contenga todos los datos mencionados en
el punto 2.3 de este artículo no se tomará en cuenta como una
propuesta vinculante de celebrar el contrato, y la Entidad
Adjudicadora tan sólo hará saber al Comitente las razones por las
cuales su pedido electrónico no fue aceptado.
2.5 A
base del pedido electrónico se celebrará el Contrato sobre la
Intermediación del Certificado de Conformidad entre el Comitente y
la Entidad Adjudicadora de la siguiente manera:
2.5.1
En el caso de que el Comitente fuera un cliente
registrado o no registrado, la Entidad Adjudicadora procesará el
pedido electrónico del Comitente. El Contrato sobre la
Intermediación de un Certificado de Conformidad se formalizará
entonces mediante la aprobación implícita por parte de la Entidad
Adjudicadora, que dará lugar al procesamiento del pedido y el
suministro del Certificado de conformidad (en general el primer
correo electrónico o mensaje sms de la Entidad Adjudicadora
dirigido al Comitente específico con información sobre el pago del
precio y el plazo de entrega del Certificado de conformidad). Una
obligación de obtener un Certificado de conformidad surge para la
Entidad Adjudicadora en base a un contrato formalizado de esta
forma solamente después del envío total del pago a la Entidad
Adjudicadora.
2.5.2
Las mismas disposiciones de 2.5.1 regirán para el
Comitente que es un cliente firme. Sin embargo, el pago del
suministro de un Certificado de conformidad será facturado por la
Entidad Adjudicadora solamente después del suministro, en base a
una factura entregada con el Certificado de conformidad (o los
Certificados de conformidad
2.6 Al
enviar el pedido electrónico de acuerdo con la cláusula 2.1 del
presente, el Cliente:
a)
confirma que se ha familiarizado con estos
términos y condiciones y los ha aceptado sin reserva
alguna,
b)
otorga su consentimiento para emitir y
recibir las facturas de forma electrónica, es decir, factura
electrónica,
c)
ha sido informado acerca del derecho
del consumidor de retirarse del Contrato por la disposición de un
Certificado de conformidad y
d)
otorga su consentimiento incondicional
para el procesamiento y uso de sus datos personales de acuerdo con
la Ley 428/2002 col., que se utilizarán solo para las necesidades
del Proveedor y las necesidades relacionadas con el procesamiento
del pedido del Cliente.
<<< Al principio
3.1 La
Entidad Adjudicadora está obligada a:
<<< Al principio
a)
entregar al Comitente el Certificado de
Conformidad según los parámetros indicados en el pedido electrónico
y empacarlo o despacharlo para ser transportado de una forma
necesaria para su protección,
b)
adquirir para el Comitente un
Certificado de Conformidad que, al leal saber y entender de la
Entidad Adjudicadora, cumpla con las normas y los reglamentos
vigentes en los Estados miembros de la Unión Europea para el
registro de vehículos para la circulación,
c)
entregar al Comitente un documento
fiscal en forma escrita o electrónica,
d)
insertar en el sistema los pedidos
electrónicos y procesarlos en el orden de
llegada,
e)
adquirir para el Comitente el
Certificado de Conformidad en el plazo más corto
posible,
f)
en el caso de que la Entidad
Adjudicadora tome conocimiento de circunstancias objetivas que
tengan o puedan tener como consecuencia una demora por un período
prolongado en el procesamiento del pedido o de la adquisición del
Certificado de Conformidad, está obligada a informar al Comitente
sobre tal estado sin retraso innecesario.
3.2 La
Entidad Adjudicadora se reserva el derecho a:
a)
un pago efectuado debidamente y a su debido
tiempo de la remuneración de la Entidad Adjudicadora por la entrega
del Certificado de Conformidad,
b)
un cierre técnico del sistema y un
mantenimiento se servicio que pueda causar un corte en el acceso a
la página web www.eurococ.eu,
c)
la resolución del contrato en el
caso del impago de la remuneración de la parte del Comitente para
la fecha predeterminada,
d)
rechazar el pedido en el caso de que el
Comitente tenga deudas de periodos anteriores para con la Entidad
Adjudicadora en el momento del envío del pedido
electrónico,
e)
la resolución del contrato en el caso
de falta de disponibilidad o inexistencia del Certificado de
Conformidad, o en el caso de imposibilidad de cumplir el
pedido.
<<< Al principio
4.1 El
Comitente está obligado a:
<<< Al principio
a)
indicar en el pedido datos
verdaderos,
b)
adjuntar al pedido los documentos
necesarios para su procesamiento,
c)
pagar la remuneración por la
adquisición del Certificado de Conformidad debidamente, a su debido
tiempo y de la manera acordada,
d)
pagar la remuneración por la
adquisición del Certificado de Conformidad para la fecha de
vencimiento determinada en la factura extendida, en el caso de que
la Entidad Adjudicadora y el Comitente acuerden tal forma de
pago,
e)
actualizar sus datos personales y de
facturación en el caso de que cambiaran, enviando un correo
electrónico a info@eurococ.eu o cambiándolos
directamente en la cuenta personal virtual en www.eurococ.eu,
f)
asegurar la aceptación sin problemas de
la encomienda con el Certificado de Conformidad, sobre todo estando
el Comitente disponible los días de la entrega planeada en el
número de teléfono indicado para la entrega, o estando presente en
la dirección de entrega.
4.2 El
Comitente tiene derecho a la devolución de la remuneración pagada
en el caso de falta de disponibilidad o inexistencia del
Certificado de Conformidad para el vehículo indicado, o en el caso
de imposibilidad de procesar el pedido, en cuyo caso se devolverá
al Comitente, sin retraso innecesario, el importe de la
remuneración que fuera acreditado en la cuenta de la Entidad
Adjudicadora.
<<< Al principio
5.1 El
registro del comitente en la página web de la Entidad Adjudicadora
es optativo y se obtiene mediante la apertura de una cuenta
personal del Comitente.
<<< Al principio
5.2 Al
registrarse, el Comitente debe indicar al menos su nombre y
apellido, o el nombre comercial, la dirección de correo electrónico
y la contraseña y, cuando fuera necesario, debe actualizar sus
datos de identificación.
5.3 Si
el Comitente al registrarse no indicara sus datos de registro
completos, se entenderá que la Entidad Adjudicadora se basará en
esos datos y esos datos servirán a la Entidad Adjudicadora para
procesar los pedidos y los documentos fiscales.
5.4
Después de un registro satisfactorio, se creará para el Comitente
una cuenta personal virtual, y a la dirección de correo electrónico
del Comitente se enviarán los datos de acceso, que el Comitente
deberá confirmar haciendo clic en el enlace de confirmación del
registro.
<<< Al principio
6.1 La
remuneración por la adquisición del Certificado de Conformidad
puede ser pagada:
<<< Al principio
a)
por medio de CardPay – pagando con la tarjeta
de pago (VISA, MasterCard, Diners Club)
b)
por medio de PayPal – un servicio de
pago electrónico (www.paypal.com)
c)
por una transferencia bancaria a la
cuenta de la sociedad EuroCoc, spol. s r.o. publicada en la página
web.
6.2 La
remuneración por la adquisición y la entrega del Certificado de
Conformidad se considerará pagada en el momento de la acreditación
del importe íntegro en la cuenta de la Entidad Adjudicadora, salvo
que las dos partes contratantes acuerden por escrito un
procedimiento diferente.
6.3 La
Entidad Adjudicadora requiere el pago de la remuneración por la
adquisición del Certificado de Conformidad por adelantado, después
de la confirmación vinculante por parte del Comitente, salvo que
estas Condiciones Generales o el acuerdo de las partes contratantes
dispongan otra cosa.
6.4 La
Entidad Adjudicadora se reserva el derecho de acordar con el
Comitente condiciones de pago diferentes a las que estén indicadas
en las presentes condiciones comerciales.
6.5 La
Entidad Adjudicadora es un contribuyente del IVA. Para el Comitente
es posible una facturación de la remuneración sin IVA sólo después
de la verificación del registro del Comitente como contribuyente
del IVA. Para extender la factura por la intermediación del
Certificado de Conformidad sin IVA es necesario que el Comitente
indique en el pedido electrónico el número de identificación del
IVA válido. Si el Comitente no indica el número de identificación
del IVA válido a más tardar al confirmar de manera vinculante el
pedido electrónico, o como un cliente registrado en su perfil, la
Entidad Adjudicadora no estará obligada a aceptar un aviso
posterior al respecto.
6.6 La
Entidad Adjudicadora no acepta el pago en forma de
cheque.
6.7 La
Entidad Adjudicadora se reserva el derecho a emitir bonos de
descuento en las siguientes condiciones.
a)
La Entidad Adjudicadora puede
emitir:
- un bono de descuento
individual a un beneficiario específico (Cliente) que puede ser
usado por el Cliente según su tipo, una sola vez, o sea, en
relación a un pedido o reiteradamente para varios
pedidos;
o
- un bono de descuento
general que no indica el beneficiario (o en forma de
publicación en un periódico, etc.), en cuyo caso el bono puede ser
usado por el Cliente varias veces;
b)
los bonos de descuento son un
instrumento de márketing emitido por la Entidad Adjudicadora a
intervalos irregulares en base a su criterio, y el Cliente no tiene
derecho legal alguno a los mismos;
c)
cada bono de descuento tiene un código
de identificación, una fecha de terminación de la validez del bono
de descuento y el importe en EUROS del bono de
descuento;
d)
los bonos de descuento no se pueden
usar retroactivamente sino, en cambio, con un nuevo Pedido y no
después de completar el pedido electrónico indicando el importe del
descuento y el código de identificación que aparece en el bono de
descuento;
e)
los bonos de descuento no se pueden
usar después de su fecha de expiración;
f)
los bonos de descuento no tienen valor
monetario alguno y, en caso de expiración, pérdida o robo (en el
caso de un bono de descuento individual), el Cliente no puede pedir
su sustitución ni compensación en efectivo;
g)
Se parte de la base de que el
Cliente usa los bonos de buena fe; Si la Entidad Adjudicadora tiene
sospechas razonables de que el bono se usó de forma no justificable
o en transgresión de estas condiciones, la Entidad Adjudicadora
tendrá derecho a rechazar o cancelas los bonos emitidos a partir de
ese momento, y el Cliente en cuestión no tendrá derecho alguno a
reclamación alguna a la Entidad Adjudicadora como consecuencia de
cualquier rechazo o cancelación de ese tenor.
6.8
En caso de demora en el pago de la remuneración por parte del
Cliente (pago no realizado a la fecha de vencimiento de la factura,
a menos que las partes contratantes acuerden el pago después del
suministro del certificado, la Entidad Adjudicadora tiene derecho a
un interés punitivo del 0.5% del importe vencido e impago, por cada
día de demora hasta su liquidación completa. Si el Cliente
estuviera en mora de pagos, incluso en períodos adicionales
indicados por la Entidad Adjudicadora en un aviso escrito (enviado
por correo electrónico o mensaje sms), la Entidad Adjudicadora ya
no estará obligada por la orden confirmada (o las órdenes
confirmadas) y tendrá derecho a rescindir el Contrato para la
Intermediación del Certificado de conformidad.
<<< Al principio
7.1 Los
plazos para procesar el pedido y adquirir el Certificado de
Conformidad son específicos en cada caso y dependen del tipo, la
marca concreta y del país de la primera
matriculación.
<<< Al principio
7.2 El
plazo para la adquisición de los Certificados de Conformidad
particulares, indicado en la página web www.eurococ.eu es informativo y depende
de las condiciones de los demás socios comerciales de la Entidad
Adjudicadora. En casos excepcionales el plazo para la adquisición
puede variar.
7.3 El
tiempo de espera de la remuneración de la parte del Comitente no
está incluido en el plazo de adquisición.
7.4 Si
surgen circunstancias imprevisibles al momento de la formalización
del contrato que representen un impedimento objetivo que impida a
la Entidad Adjudicadora el cumplimiento de sus obligaciones
contractuales, la Entidad Adjudicadora tiene derecho a posponer la
fecha límite para el suministro en un período equivalente a la
duración de dicho impedimento, mientras la Entidad Adjudicadora no
esté en mora en el suministro del Certificado de Conformidad
durante el período de duración del impedimento. Sin embargo, la
Entidad Adjudicadora está obligada a informar al Cliente al
respecto y respecto al período estimado de suministro de acuerdo
con el numeral 3.1. Letra f) de estos Términos y
Condiciones.
7.5 En
caso de que la demora de la Entidad Adjudicadora en el suministro
del Certificado de conformidad durara más de 21 días contados a
partir de la fecha de entrega anunciada, el Comitente tendrá
derecho a un descuento de 50,00 EUROS respecto del precio de
compra. Se ofrecerá un descuento a un Cliente en base a un bono de
descuento de conformidad con la Cláusula 6.7 de los Términos y
Condiciones.
7.6 El
Comitente será informado sobre la entrega del Certificado de
Conformidad por correo electrónico y/o mensaje sms a más tardar un
día antes de la entrega en cumplimiento del inciso 12.1 del
presente.
7.7 Si
el Comitente se niega a recibir el Certificado de Conformidad
debidamente entregado sin indicar las razones, estará obligado a
pagar a la Entidad Adjudicadora los gastos originados a la Entidad
Adjudicadora al intentar la entrega al Comitente y la entrega
posterior del Certificado de Conformidad a la Entidad
Adjudicadora.
7.8 El
Comitente está obligado a asegurar que el Certificado de
Conformidad sea asumido sin problemas, especialmente de tal manera
que en los días de la entrega planeada el Comitente esté disponible
en el número de teléfono indicado para la entrega, o esté presente
en la dirección de la entrega. Si no es posible cumplir con este
deber, el Comitente está obligado a informar a la Entidad
Adjudicadora y acordar con ésta otra fecha de entrega o indicar a
otra persona que cumplirá con el deber de recibir el Certificado de
conformidad por el destinatario original de la encomienda. Si el
Comitente no lo hiciera y el Certificado de Conformidad fuera
devuelto corriendo los gastos por cuenta de la Entidad Adjudicadora
en virtud de la ausencia repetida del Comitente, valen las mismas
condiciones que en el caso del rechazo de la encomienda sin indicar
las razones, mencionadas en el punto 7.7 del presente
artículo.
7.9 La
Entidad Adjudicadora se encargará del transporte del Certificado de
conformidad a la dirección de entrega; no obstante, los costes de
entrega correrán por cuenta del Comitente. Los costes de entrega
del Certificado de conformidad dependerán de la forma de entrega
elegida por el Comitente, por correo certificado o servicio de
entrega. Los costes serán determinados como parte del último paso
de aprobación del pedido electrónico por parte del Comitente y
facturados al Comitente por este importe conjuntamente con la
remuneración.
<<< Al principio
8.1 El
Cliente:
<<< Al principio
a)
tendrá derecho a cancelar el pedido, sin dar
motivo alguno, en cualquier momento antes del envío del pago. En
consecuencia, el Cliente no puede cancelar el pedido después del
envío del pago a la cuenta del Proveedor. Esta disposición no
regirá para un cliente regular cuyo pedido se cancelará según
acuerdo con el Proveedor, siempre y cuando el Proveedor no haya
incurrido en costes significativos en este contexto a la fecha de
la cancelación;
b)
no puede retirarse del Contrato para el
suministro de un Certificado de Conformidad de acuerdo con la
disposición § 12. artículo 5, sección b) y c) de la ley No.
108/2000 Col. (en el caso de prestación de servicios cuyo precio
depende de fluctuaciones en el mercado financiero que escapan al
control del Proveedor y/o la prestación de servicios de acuerdo con
especificaciones del cliente o claramente personalizados), a menos
que las partes acuerden lo contrario y, en este caso, el Proveedor
tendrá derecho a reclamar el importe completo al Cliente, al ya
haber incurrido el Proveedor en costes demostrables en relación con
el suministro del Certificado de Conformidad.
8.2 El
Proveedor se reserva el derecho a rechazar el pedido, total o
parcialmente, en los casos siguientes: La Entidad Adjudicadora se
reserva el derecho de anular el pedido, o parte del mismo, en los
siguientes casos:
a)
si el Cliente tiene obligaciones pendientes de
períodos previos con el Proveedor en el momento del asiento del
pedido electrónico,
b)
el Certificado de Conformidad no está
disponible o
c)
si el precio especificado por el
subcontratista ha cambiado sustancialmente e incluso haciendo todo
lo que razonablemente se puede esperar del Proveedor, el Proveedor
no puede entregar al Cliente el Certificado de Conformidad dentro
del límite de tiempo especificado y/o por el precio acordado, de
acuerdo con el importe indicado en el sitio web www.eurococ.eu, a menos que las partes
acordaran lo contrario; Si surgiera una situación semejante, el
Proveedor informará esta situación de inmediato al Cliente y, si el
Cliente ya hubiera efectuado el pago parcial o total del importe
correspondiente, este pago se reembolsará por los mismos medios
elegidos por el Cliente para el envío del pago, lo antes posible
pero en todo caso dentro de los 30 días, corriendo los gastos de
transferencia bancaria por cuenta del cliente.
<<< Al principio
9.1 La
Entidad Adjudicadora no será responsable de:
<<< Al principio
a)
la entrega atrasada del Certificado de
Conformidad imputable al responsable de la entrega (sociedad de
transporte),
b)
la entrega atrasada del Certificado de
Conformidad debida a una dirección incorrectamente indicada del
Comitente como el destinatario de la
encomienda,
c)
daños de la encomienda imputables al
responsable de la entrega (la sociedad de
transporte),
d)
datos incorrectos indicados en el
Certificado de Conformidad, debido a que el Comitente ha completado
incorrectamente el pedido.
e)
pérdida de la entrega como consecuencia
de una dirección incorrectamente indicada por el Comitente como el
destinatario de la entrega.
<<< Al principio
10.1 El
Cliente debe notificar al Proveedor por teléfono o correo
electrónico si encuentra fallos en el Certificado de conformidad
sin retrasos injustificados, no obstante, antes de que se cumplan
24 meses de la adquisición del Certificado de conformidad. El
Cliente debe enviar entonces el Certificado de conformidad
respectivo, junto con la factura, a la dirección de la oficina
registrada del Proveedor. Una vez recibido el Certificado de
conformidad por el que se elevará la queja, y después de reconocer
la validez de la reclamación del Cliente, el Proveedor tiene la
obligación de ponerse en contacto con el Cliente a fin de acordar
el modo en que se gestionará la queja.
<<< Al principio
10.2
La Entidad Adjudicadora es responsable solamente de los defectos
del Certificado de Conformidad imputables a la Entidad
Adjudicadora. El Comitente tiene derecho a exigir la eliminación
del defecto del Certificado de Conformidad con la entrega de un
nuevo Certificado de Conformidad corriendo los gastos por cuenta de
la Entidad Adjudicadora. Si la Entidad Adjudicadora no estuviera en
condiciones de conseguir un nuevo Certificado de Conformidad, o si
el conseguirlo implicara costos inadecuados, o si la Entidad
Adjudicadora no pudiera obtener un nuevo Certificado de
Conformidad, o no pudiera hacerlo en un plazo adicional adecuado,
el Comitente tiene derecho a la resolución y a exigir que se le
devuelva la remuneración pagada.
10.3
En caso de defectos en el Certificado de Conformidad por los que el
Cliente fuera imputable (por ejemplo, debido a la inclusión
incorrecta de datos en el pedido electrónico de acuerdo con el
Numeral 9.3. Letra a) de estos Términos y Condiciones) o defectos
del Certificado de Conformidad por los que fuera imputable el
fabricante del vehículo mismo (por ejemplo, error en el número VIN
del vehículo, o otro fallo grave de escritura que fuera causa para
negarse a proporcionar el Certificado de Conformidad), la Entidad
Adjudicadora proporcionará a pedido del Cliente su cooperación para
realizar una mejora, especialmente para proporcionar resarcimiento,
especialmente para proporcionar un Certificado de Conformidad sin
defectos. La cooperación conforme a la oración anterior no puede
considerarse de ninguna forma una aceptación de responsabilidad por
parte de la Entidad Adjudicadora por dichos defectos del
Certificado de Conformidad. A menos que las partes contratantes
acordaran lo contrario, los costes incurridos en el suministro de
un Certificado de Conformidad sin defectos correrán por cuenta del
Cliente.
10.4
En caso de que las autoridades correspondientes decidan no aceptar
un Certificado de conformidad, debido a fallos por los que es
responsable el Proveedor, y si el Cliente notifica esto al
Proveedor dentro del periodo establecido de acuerdo con la cláusula
10.2 anterior, mediante el envío por escrito de la decisión de las
autoridades correspondientes acerca de la denegación del
Certificado de conformidad y del Certificado de conformidad
original, el Proveedor tiene la obligación de reembolsar el 110 %
de la remuneración pagada al Cliente, lo que se denomina Garantía
de devolución del dinero del 110 %.
<<< Al principio
11.1 En el
caso de que el Comitente se registre en la página web www.eurococ.eu se le exigirá que cree
una contraseña que el Comitente estará obligado a mantener en
secreto, a no publicar y a no compartir con otras personas. El
Comitente será responsable de todas las actividades y todos los
pedidos que se presenten en su cuenta usando su
contraseña.
<<< Al principio
11.2
La Entidad Adjudicadora recoge los datos personales del Comitente
exclusivamente para cumplir sus deberes para con el Comitente, en
particular al extender la factura, al contactar al Comitente en
relación con el procesamiento de su pedido y la entrega del
Certificado de Conformidad. La Entidad Adjudicadora es responsable
de que los datos personales del Comitente no estén disponibles para
terceros (excepto los que sean necesarios para la entrega del
Certificado).
11.3
La Entidad Adjudicadora recoge los siguientes datos personales del
Comitente: nombre y apellido, o nombre comercial, dirección de
facturación, dirección de entrega, dirección de correo electrónico,
número de teléfono de contacto y una copia de la tarjeta de
identidad del Comitente.
11.4
Si el Cliente confirma en el momento de registrarse su interés en
recibir el boletín de noticias con la información actual del
Proveedor, el boletín de noticias se enviará a la dirección de
correo electrónico del Cliente. El Cliente puede quitarse de la
lista de suscripción al boletín de noticias enviando un correo
electrónico a la dirección info@eurococ.eu.
11.5
La Entidad Adjudicadora puede proporcionar a terceros o al público
datos estadísticos resumidos sobre clientes, número de visitantes,
volumen de negocios y otros datos más, siempre y cuando no sea
posible de ninguna manera identificar a los Comitentes particulares
con estos datos.
<<< Al principio
12.1 El
Comitente recibirá notificaciones de la Entidad Adjudicadora sobre
los cambios en el estado de su pedido. La notificación sobre el
estado del pedido se enviará a la dirección de correo electrónico
del Comitente (aproximadamente 6 correos electrónicos) y si
estuvieran disponibles, la Entidad Adjudicadora también enviará
notificación por mensajes SMS (aproximadamente 3 sms),
especialmente pedido de pago, información sobre el recibo del pago,
información sobre el envío del Certificado de conformidad. El
cliente registrado puede anular su suscripción en cualquier momento
y dejar de recibir notificaciones por correo electrónico y/o
sms.
<<< Al principio
12.2
Cuando se registra en la página web de la Entidad Adjudicadora, el
Comitente puede optar por recibir nuestros boletines de noticias
regulares (aproximadamente uno cada seis a ocho semanas). Si el
Comitente desea recibir el boletín de noticias, le será enviado a
la dirección de correo electrónico indicada durante su registro. El
cliente registrado puede anular su suscripción a recibir el boletín
de noticias del Entidad Adjudicadora en cualquier
momento.
<<< Al principio
13.1 La
Entidad Adjudicadora se reserva el derecho de cambiar o
complementar las presentes Condiciones Comerciales unilateralmente.
Cada cambio o complemento de las Condiciones Comerciales entrará en
vigor al momento de la publicación de las Condiciones Comerciales
en la página de internet www.eurococ.eu.
<<< Al principio
13.2
No obstante, las Condiciones Comerciales regirán para la relación
individual entre el Comitente y la Entidad Adjudicadora en la
versión en la cual figuraban en la página de internet de la Entidad
Adjudicadora el día en que la confirmación vinculante del pedido
electrónico fue enviada por el Comitente, salvo que las partes
contratantes hubieran acordado por escrito otra
cosa.
13.3
Las presentes Condiciones Comerciales son válidas y vigentes desde
el día de su publicación en la página web www.eurococ.eu el día
18.3.2013.
<<< Al principio





